26 jun 2019

Carlos Quiroga, administrador de Salitrera Pedro de Valdivia


Carlos Desiderio Quiroga Rojas, de 32 años de edad, se desempeñaba como administrador de la Salitrera Pedro de Valdivia. Hombre del Partido Socialista con doble militancia en el MIR. Casado, tenía dos hijos. Fue estudiante y también profesor de la Escuela de Minas, Universidad Técnica del Estado, sede Copiapó.
Carabineros en Pedro de Valdivia lo detuvieron el 12 de septiembre de 1973 y lo enviaron a la Cárcel de Antofagasta. Allí se le sometió a un consejo de guerra rol 347.73 del Primer Juzgado Militar de Antofagasta, donde fue acusado de fabricación y distribución de granadas caseras, adoctrinamiento subversivo, espionaje y subversión en contra de las Fuerzas Armadas, además de participación en el plan Z. Fue encontrado culpable y condenado a muerte. La ejecución se practicó el día 20 de septiembre.
Cuando sus familiares recibieron su cuerpo, tenía claros signos de tortura. La Comisión de Verdad y Reconciliación estimó que dicho consejo de guerra fue totalmente irregular, al margen de un debido proceso, por lo que su muerte constituye un hecho de violación de los Derechos Humanos, de responsabilidad de agentes del Estado; por las siguientes razones:
-          No contó con una debida defensa letrada, enterándose sus familiares de la existencia del Consejo de Guerra cuando ya había sido ejecutado;
-          En el fallo examinado no aparecen debidamente probadas las acusaciones en su contra de ambos y la negativa de haber participado en los hechos que se le imputaban, fue desechada sin ponderarla;
-          Fueron procesados y condenados de acuerdo al procedimiento y la penalidad de tiempo de guerra, en circunstancias que los eventuales delitos habrían sido cometidos con anterioridad a la declaración del estado de guerra;
-          No se consideró la atenuante de irreprochable conducta anterior, a la que tenía derecho y se les hizo valer varias agravantes, incluso la específica del artículo 213 No. 1 del Código de Justicia Militar, que sólo es posible de configurar respecto de militares que actúan en actos de servicio.

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